martes, 25 de febrero de 2020

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RATIFICA LA CONTINUIDAD DE LAS CORRIDAS DE TOROS Y PELEAS DE GALLOS EN EL PERÚ


• La mayoría de magistrados declararon infundada la demanda de un grupo de ciudadanos que se oponen a estas tradiciones arraigadas en nuestro país.
• El Perú es un país pluricultural, donde se respeta las tradiciones y costumbres de las mayorías y minorías.

Los festejos taurinos están arraigados en el Perú Profundo, donde cada año se realizan centenas. Las peleas de gallos y peleas de toros también forma parte de nuestras tradiciones mestizas.

   Las corridas de toros, así como las peleas de gallos, seguirán vigentes en el Perú debido a que no se alcanzó en la sesión desarrollada hoy en el Tribunal Constitucional (TC) los cinco votos necesarios para declarar inconstitucional dichas actividades.
   Por esa razón, al no haberse alcanzado los cinco votos que establece la normatividad, se considera que la demanda es infundada.
   La demanda de inconstitucionalidad fue presentada en octubre del 2018 por María Eguiluz Jiménez, impulsora de la campaña "Fuerza Toros", en representación de 5286 ciudadanos con el fin de acabar con todo tipo de tradiciones, que seguramente irán evolucionando en el tiempo.
   Los firmantes pedían que se incluyeran a las corridas, a las peleas de toros y a las peleas de gallos dentro de las disposiciones de la Ley de Protección y Bienestar Animal, del cual están excluidas por ser consideradas una tradición cultural.
LA VOTACIÓN
  Los miembros del TC decidieron votar por separado los tres puntos que los demandantes consideraban inconstitucionales.
  Así, cuatro magistrados votaron a favor de la constitucionalidad de la corrida de toros. Estos fueron José Luis Sardón, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez (ponente en el caso) y Augusto Ferrero Costa. En contra votaron Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Ernesto Blume Fortini.
  La votación se repitió cuando los magistrados debían pronunciarse respecto a la pelea de toros. El resultado fue 4 a 3 nuevamente.
   Lo mismo sucedió con la decisión sobre la pelea de gallos piqueros, es decir que se enfrentan sin navajas, de manera natural, sin otros elementos peligrosos.
   En cuanto a la pelea de gallos navajeros, la decisión fue 3 a 4, habiendo votado en contra en este caso el magistrado Ramos Núñez, quien en su ponencia hizo esa distinción.
   Como en ningún caso se lograron los cinco votos requeridos, la vigencia de dichas actividades se mantiene sin alteraciones.



Fuente: Andina

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